(Renuncia o acefalía de cargos) Ante renuncia o acefalía de cargos de
los representantes elegidos, la JRAR convocará a ocupar el cargo al
primer suplente.
Si no es posible conformar el quórum mínimo, la Junta dejará de funcionar
hasta tanto se proceda a elegir nuevos representantes.
En ese caso los cometidos de la JRAR serán desempeñados exclusivamente
por los organismos oficiales directa y coordinadamente.
Funcionamiento.