(Representantes) Los representantes oficiales deberán ser funcionarios
públicos con título universitario, especializados en la Administración de
recursos hídricos y manejo de suelos y agua en sistemas de producción
bajo riego.
Los representantes privados, que sólo podrán integrar una JRAR, deberán
ser mayores de edad y ser titulares de predios u obras hidráulicas dentro
de la jurisdicción territorial correspondiente a la Junta.