PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Sustitúyese, desde la vigencia del Decreto N° 36/017 de 13 de febrero de 2017, el literal F del artículo 22 del Decreto N° 149/007 de 26 de abril de 2007, por el siguiente:
"Literal |
Concepto |
Alícuota |
F |
Rentas obtenidas por entidades residentes, domiciliadas, constituidas o ubicadas en países o jurisdicciones de baja o nula tributación o que se beneficien de un régimen especial de baja o nula tributación, provenientes de bienes inmuebles situados en territorio nacional, salvo cuando se trate de personas físicas. |
30,25%" |