(Otras obligaciones de los transportistas). Los transportistas deberán
además:
a) Adoptar las precauciones necesarias para que el personal cuente con la
indumentaria, los elementos de higiene y protección personal
correspondientes; y, para que reciba las instrucciones necesarias para
el adecuado manejo de los residuos, sin entrar en contacto directamente
con los mismos durante la carga, la descarga o el transporte.
b) Implementar sistemas de control de las operaciones, mediante el uso de
recibos, hojas de ruta y partes diarios que acompañen en todo momento
el vehículo y la carga, según los casos. Tales documentos deberán
permitir identificar y acreditar el origen, la cantidad y el destino de
los residuos; la fecha y hora del retiro y la entrega de los mismos; y,
todo otro dato relevante para el servicio.
c) Contar con planes de contingencia para el caso de deficiencias o
accidentes en la prestación del servicio, los que deberán ser aprobados
conjuntamente con la respectiva habilitación de funcionamiento.
d) Mantener su flota y el cumplimiento de las operaciones involucradas en
el transporte, en forma adecuada, de acuerdo con las condiciones
estipuladas en la habilitación correspondiente y previniendo daños a la
salud y al ambiente.