Fecha de Publicación: 02/05/2001
Página: 172-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 3

 Contrato de gestión integral.
3.1  La Sociedad Anónima firmará un contrato con la ANP para efectuar 
     la gestión integral de la Terminal por un plazo de treinta (30) años,
     de acuerdo al modelo de contrato que se incluye en el "Régimen de
     Gestión" (Artículo 7º). El contrato se firmará en el plazo más breve
     posible luego de constituida la Sociedad y adquirirá vigencia una vez
     aprobado por el Poder Ejecutivo.
3.2  La Sociedad Anónima (o Contratista, una vez firmado el contrato 
     de gestión integral y éste sea aprobado por el Poder Ejecutivo)
     deberá habilitarse como prestador de servicios portuarios,
     previamente a la asunción de la gestión integral de la Terminal.
Ayuda