Asunción de la Gestión Integral.
Una vez abonado el precio de las acciones y constituida la "Garantía de
Contratación del Operador Especializado, Realización de Inversiones
Iniciales e Integración de Capital", la asunción de la gestión integral
de la Terminal y adquisición del carácter de Contratista Operador de
Terminal, requiere que se cumplan las siguientes condiciones:
(a) El Contratista deberá: (i) presentar su propuesta de contratación
del correspondiente Operador Especializado con el respectivo modelo
de contrato ante la ANP, la que lo cursará con su informe al Poder
Ejecutivo; (ii) obtener la respectiva aprobación del Poder Ejecutivo;
y (iii) firmar el respectivo contrato aprobado.
Para ello, el Contratista cumplirá los requisitos y procedimientos
establecidos para contratar el Operador Especializado según se
establece en el "Régimen de Gestión" (Artículo 7º).
(b) El Contratista deberá presentar una "Garantía de Cumplimiento de
Contrato" de cinco millones de Dólares USA (US$ 5.000.000) a favor de
la ANP, constituida en alguna de las siguientes formas: (i) efectivo;
(ii) valores públicos; (iii) aval bancario o seguro de fianza,
otorgado por una institución de primera línea con filial en plaza, a
entera satisfacción de la ANP.
La Garantía será presentada en la Oficina de Caja y Bancos de la ANP.
En caso que la Garantía no se constituya en efectivo, se requerirá su
previa presentación en la Asesoría Jurídica de la ANP (Sección
Notarial) para recabar su conformidad, constituyendo ello un
requisito previo indispensable para que la misma sea aceptada por la
Oficina de Caja y Bancos.
Esta Garantía se afectará a todos los efectos previstos en el
"Régimen de Gestión" (Artículo 7º) y se ajustará anualmente de
acuerdo al procedimiento establecido en el mismo.
Esta Garantía se mantendrá vigente por todo el plazo del contrato
de gestión integral bajo la responsabilidad del Contratista y será
devuelta al mismo cuando se hayan cumplido todas las obligaciones del
contrato y una vez que haya sido aprobada el Acta de Recepción de las
Instalaciones. Si la Garantía se emitiera con fecha determinada de
vencimiento previa a la finalización de las obligaciones, el
Contratista deberá proceder a su renovación o sustitución con una
antelación mínima de TREINTA (30) días previos a su vencimiento. El
incumplimiento de la precitada obligación dará lugar a la ejecución
de la garantía vigente.
Los recursos necesarios para el cumplimiento de esta obligación,
serán aportados por el/los adquirente/s de las acciones de la
Serie A.
(c) El Contratista deberá ser habilitado como empresa prestadora de
servicios portuarios, en las categorías correspondientes a los
servicios a prestar en las instalaciones de la Terminal.
En tal sentido, deberá presentar la solicitud de habilitación
cumpliendo con los requisitos previstos en el "Régimen de Gestión"
(Artículo 7º).
Las condiciones establecidas en los literales (a), (b) y (c) precedentes,
deberán cumplirse en un plazo máximo de NOVENTA (90) días calendario,
contados a partir de la subasta de las acciones de la Serie A.