El Tribunal de Calificaciones deberá:
a) Fijar criterios de evaluación.
b) Uniformizar criterios de evaluación con los restantes tribunales para
el caso de existir más de uno por escalafón;
c) Realizar reuniones con los supervisores, previo a la evaluación de sus
subordinados donde se les informará acerca de los criterios adoptados;
d) Efectuar las calificaciones de los funcionarios, debiendo concluir la
labor antes del 30 de abril de cada año.
e) Hacer publicar todas las calificaciones mediante forma que asegure su
conocimiento.