Fecha de Publicación: 22/05/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 3

 Fijar el importe del depósito de garantía de mantenimiento de interés en
3.500 U.R. (tres mil quinientas Unidades Reajustables).
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