PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 5
Modificar el numeral 10) del Pliego de Condiciones aprobado según Decreto
437/012, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
10) Cuando la interesada sea persona jurídica deberá cumplir con los
siguientes requisitos. En el caso que dos o más personas jurídicas
deseen presentarse en forma conjunta, deberán hacerlo en forma
consorciada. En ese caso todas y cada una de las personas
jurídicas integrantes del consorcio deberán cumplir con los
requisitos.
Para el caso de participantes que aspiran a obtener las
asignaciones en forma exclusiva o compartida de los canales
radioeléctricos 38 y 39:
a) La sociedad deberá tener un plazo de vigencia superior a 16
(dieciséis) años contado a partir de la presentación de la
propuesta y deberá incluir en su objeto la previsión que
habilite a la prestación del servicio, ya sea en forma
específica o genérica, admitiéndose la presentación de
aquella que demuestre encontrarse en trámite de ampliación
de su objeto en este sentido.
b) Acreditar la composición del capital social, teniendo
presente que en el caso de sociedad por acciones (anónimas
o comanditarias) dichas acciones deben ser nominativas;
c) Cada socio o accionista deberá:
i. ser ciudadano natural o legal en ejercicio de la
ciudadanía;
ii. estar domiciliados real y permanentemente en la
República y preferentemente en cualquiera de las
localidades comprendidas en el Área Metropolitana de
Montevideo;
iii. acreditar solvencia moral;
iv. acreditar capacidad económica;
d) Constituir domicilio en el departamento de Montevideo;
e) Efectuar el depósito de garantía de Mantenimiento de
Interés por el importe fijado por el Poder Ejecutivo;
f) Acreditar capacidad económica en concordancia con la
dimensión del Proyecto Comunicacional que se propone;
g) En el caso de Consorcio, corresponderá la presentación del
contrato de consorcio debidamente inscripto en el Registro
Público de Comercio y publicado de acuerdo a lo dispuesto
por la Ley N° 16.060, el cual deberá pactar además del
contenido previsto por el artículo 502 de la citada ley
lo siguiente:
i. la solidaridad de todos sus integrantes;
ii. la indivisibilidad de las obligaciones contraídas o
a contraerse conforme al presente Llamado;
iii. el Consorcio deberá tener un plazo de vigencia
superior a 16 (dieciséis) años contado a partir de
la presentación de la propuesta;
iv. el compromiso de no introducir modificaciones en el
contrato de consorcio ni en los estatutos o
contratos de las empresas integrantes del Consorcio
que importen una alteración de la responsabilidad,
sin la autorización del Poder Ejecutivo;
En caso de Consorcios que aún no hubieren cumplido con la
respectiva Inscripción y Publicación dispuesta por la Ley
16.060, deberán presentar testimonio notarial por
exhibición de la primera copia de escritura pública o del
primer testimonio de protocolización del contrato con el
contenido previsto por el artículo 502 de la Ley 16.060 así
como las condiciones precitadas, y aplicarán los plazos
establecidos en el numeral 29).
También se admitirá la presentación de testimonio notarial
por exhibición de un Contrato Preliminar de Consorcio con
firmas certificadas, el que deberá prever la obligación de
otorgar un contrato definitivo de Consorcio conforme a lo
previsto por el artículo 502 de la Ley 16.060 y a las
condiciones precitadas, y aplicarán los plazos establecidos
en el numeral 29).
Cada persona física, socios o accionista de cada persona
jurídica que formen parte del Consorcio, deberán cumplir
respectivamente con los requisitos previstos en los
numerales 8) y 9) y las personas jurídicas los literales a)
a f) de este numeral.
Para todos los participantes:
h) Estar al día ante eventuales obligaciones de precios y
tasas contraídas con URSEC;
i) Estar inscripta en el Registro Único Tributario;
j) Estar al día con sus obligaciones con la Dirección General
Impositiva;
k) Estar inscripta y al día con sus obligaciones con el Banco
de Previsión Social;
l) Estar al día con sus obligaciones con el Banco de Seguros
del Estado;
m) Declarar explícitamente el conocimiento y aceptación de las
reglas, leyes, regulaciones y requisitos que rigen la
convocatoria;
n) Presentar la totalidad de la documentación que se establece
en este Pliego;