La Oficina Nacional del Servicio Civil tendrá a su cargo la
organización de las pruebas de aptitud para los funcionarios de la
Administración Central, conforme con los criterios que determine a través
de sus dependencias técnicas competentes, librando los instructivos que al
respecto estime necesario.
Las bases serán puestas en conocimiento de los funcionarios con 60
días de antelación.