Fecha de Publicación: 04/06/2019
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 10

   Agrégase como inciso segundo del artículo 1° del Decreto N° 376/012, de 23 de noviembre de 2012, el siguiente:

        "Cuando se trate de adquisiciones realizadas a establecimientos
        incluidos en el literal E) del artículo 52 del Título 4 del Texto
        Ordenado 1996, la reducción a que refiere el presente artículo se
        determinará aplicando un descuento de 18,03% (dieciocho con cero
        tres por ciento) sobre el importe total de la operación."

   Lo previsto en el presente artículo entrará en vigencia a partir del 1° de agosto de 2019.
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