Fecha de Publicación: 04/06/2019
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 14

   Agrégase al artículo 15 del Decreto N° 203/014, de 22 de julio de 2014, el siguiente inciso:

             "La Dirección General Impositiva podrá establecer
             excepciones a lo dispuesto en el inciso precedente
             considerando la actividad de los contribuyentes, así como el
             volumen de operaciones comprendido."
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