PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Agrégase al artículo 15 del Decreto N° 203/014, de 22 de julio de 2014, el siguiente inciso:
"La Dirección General Impositiva podrá establecer
excepciones a lo dispuesto en el inciso precedente
considerando la actividad de los contribuyentes, así como el
volumen de operaciones comprendido."
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