Fecha de Publicación: 01/04/2009
Página: 47-A
Carilla: 49

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículos 4 y 9 anulado por sentencia del Tribunal de lo Contencioso 
Administrativo con efectos generales y absolutos: Sentencia TCA Nº 
944/011 de 10/11/2011.

Artículo 10

 Con el informe definitivo de la Comisión Asesora Técnica y la evaluación
económica correspondiente - luego de tener en cuenta las eventuales
observaciones que surgieren de la pre-adjudicación - la UCA deberá dictar
la Resolución de adjudicación del Llamado o declararlo desierto o rechazar
la totalidad de las ofertas, por cuenta de lo Organismos participantes. La
misma podrá disponer la prórroga automática cuando así lo hubiese previsto
el Pliego de Condiciones Particulares.
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