Artículos 4 y 9 anulado por sentencia del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo con efectos generales y absolutos: Sentencia TCA Nº
944/011 de 10/11/2011.
Artículo 6
La UCA podrá establecer en los Pliegos de Condiciones Particulares de
cada Llamado la facultad de realizar adjudicaciones parciales así como
dejar sin efecto el procedimiento en cualquier etapa del mismo o declarar
desierto total o parcialmente el Llamado.