Rechazo de la oferta.
El Jerarca del organismo de destino no podrá rechazar al funcionario
cuyos servicios le hubieren sido ofrecidos, salvo por resolución fundada
dictada dentro de un plazo de 15 días de la notificación del ofrecimiento
donde se acredite fehacientemente que aquél no cumple con el perfil
solicitado o que presenta antecedentes disciplinarios incompatibles con
el cargo o función a desempeñar.