Fecha de Publicación: 23/05/1983
Página: 941-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Exigencias mínimas de sanidad. En el momento de la recepción los ananás deben estar libres de plagas y enfermedades que constituyan riesgo fitosanitario para la producción nacional.
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