Fecha de Publicación: 23/05/1983
Página: 941-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 8

   Identificación. La etiqueta de identificación deberá estar adherida a los cabezales del envase. En la misma además de las indicaciones mencionadas en el artículo 8º del decreto 176/982, de 21 de mayo de 1982, debe figurar el peso neto.
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