MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Calibración. Todos los frutos deben estar calibrados según su peso. Se establece un peso mínimo de 100 gramos y un peso máximo de 160 gramos. La escala de calibre será la siguiente. a) Igual o menor de 160 gramos y mayor de 140 gramos. b) Igual o menor de 140 gramos y mayor de 120 gramos. c) Igual o menor de 120 gramos y mayor o igual de 100 gramos.Ayuda