Fecha de Publicación: 10/05/1995
Página: 172-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 156/995

Créase una nueva modalidad de juego de quiniela que se regirá por las normas que se determinan.
(1005*R)

   Ministerio de Economía y Finanzas

                                         Montevideo, 26 de abril de 1995

   Visto: lo establecido por el artículo 60 de la Ley Nº 11.490 de 18 de
setiembre de 1950 y lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 15.716 de 6 de
febrero de 1985.

   Resultando: que es oportuno introducir nuevas modalidades a los
juegos monopolizados y cuya fiscalización le ha sido confiada a la
Dirección de Loterías y Quinielas por las Leyes citadas en el Visto de
este Dcreto.

   Considerando: I) que es de interés del Poder Ejecutivo autorizar
nuevas modalidades de juego en la medida que coadyuven efectivamente a
un incremento de la recaudación fiscal.

   II) que la flexibilidad, innovación y dinamismo en el desarrollo de
los productos de juego es necesario para satisfacer la demanda del
mercado consumidor, asegurando la convergencia de las estrategias
tecnológicas y comerciales.

   III) que asimismo la introducción de las nuevas modalidades de juego
debe efectuarse con la mayor seguridad posible para el apostador, el
Estado y los concesionarios, mejorando la calidad de los mismos, a fin
de responder al desafío del cambio permanente, de la diversidad y de la
competencia.

   Atento: a lo informado por la Dirección de Loterías y Quinielas y a
lo dispuesto por el artículo 168º, numeral 4º de la Constitución de la
República.

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

Créase la siguiente modalidad de juego de quinielas, la que se regirá
por las normas del presente Decreto.
   La misma consiste en extraer sin reposición 14 (catorce) bolillas de
un bolillero que contendrá un universo de 23 (veintitrés) unidades
numeradas del 1 al 23. Las 14 (catorce) bolillas extraídas serán las que
determinen los premios.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA.
Ayuda