Fecha de Publicación: 07/05/1992
Página: 321-A
Carilla: 3

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 18

   El Tribunal de Evaluación a que refiere el artículo precedente
entenderá también en la evaluación de los otros elementos de juicio
establecidos de acuerdo al literal c) del artículo 15.
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