CONSEJO DE MINISTROS
Durante el período de participación en los cursos de capacitación los funcionarios estarán exonerados de cumplir sus tareas en su organismo, computándose las inasistencias al curso como faltas al servicio. El Jerarca no podrá impedir la realización del curso a los funcionarios que hayan registrado inscripción en el año lectivo de que se trate.Ayuda