MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 17/05/1995.
Fíjase en $ 416 (cuatrocientos dieciséis pesos uruguayos) para el año 1995, el monto mensual del impuesto a que refiere el inciso tercero del artículo 57º del Título 4 del Texto Ordenado 1991.Ayuda