Fecha de Publicación: 07/05/2002
Página: 240-A
Carilla: 8

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

 Prohíbese toda contratación o renovación automática de contratos sobre 
servicios celulares para todos los funcionarios de la Administración 
Central, salvo las excepciones de los funcionarios dispuestos en el 
artículo precedente.
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