Fecha de Publicación: 21/05/1996
Página: 344-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 41

   La Comisión Nacional de Educación Física, dictará los reglamentos
internos e intrucciones a los competidores que sean necesarios, para el
mejor desarrollo de los cometidos que le asigna el presente Decreto.
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