Fecha de Publicación: 18/05/2004
Página: 1875-C
Carilla: 99

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

DECRETO N° 165/004

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                          Montevideo, 13 de mayo de 2004

   VISTO: la necesidad de reforzar los mecanismos de lucha contra la evasión y el comercio informal.

   RESULTANDO: que se han constatado irregularidades, en lo que respecta 
a la tributación interna, en la comercialización en plaza de productos 
importados de los sectores de vestimenta y calzado.

   CONSIDERANDO: I) que el anticipo sobre el Impuesto al Valor Agregado a 
liquidar por el importador es un instrumento adecuado para desestimular 
las referidas prácticas.

   II) que los referidos sectores suelen estar sujetos a normativa 
específica en el comercio internacional.

   III) que el Ministerio de Economía y Finanzas es el organismo idóneo para la fijación y administración de valores fictos para la determinación
del anticipo mencionado.

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 84º del Título 10 del Texto 
Ordenado 1996.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a fijar valores fictos 
para los productos comprendidos en los capítulos 61, 62 y 64 de la 
Nomenclatura Común del Mercosur, a efectos de la determinación del 
anticipo a que refiere el artículo 115 del Decreto Nº 220/998, de 12 de 
octubre de 1998.

BATLLE, CR. ALVARO ROSSA.
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