Fecha de Publicación: 24/04/1980
Página: 209-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANAZAS

Artículo 8

             El Poder Ejecutivo, a propuesta del Consejo Nacional de
Educación, previo informe favorable de la Contaduría General de la Nación,
determinará para cada Programa la nómina de funciones docentes q las que
corresponderán compensaciones, así como la categoría y el número de éstas,
en el marco del orden jerárquico de los cargos docentes del mismo.

   La Contaduría General de la Nación podrá requerir del Consejo Nacional
de Educación, toda la información que considere necesaria al efecto.
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