Fecha de Publicación: 12/04/1977
Página: 22-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS 

Decreto 175/977

Se prorrogan exoneraciones fiscales dispuestas por el decreto 505/976, para los kits de unidades de la Categoría "A" que se introduzcan al país.
       
Ministerio de Economía y Finanzas.
 Ministerio de Relaciones Exteriores.
  Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
   Ministerio de Industria y Energía.

                                   Montevideo, 30 de marzo de 1977.

Visto: la necesidad de prorrogar las exoneraciones dispuestas en los
decretos 505/976 de 5 de agosto de 1976 y 782/976 de 1º de diciembre de
1976.

Considerando: que dado el carácter de unidad de trabajo, que revisten los
vehículos de la categoría "A" a que hace referencia el artículo 1º del
decreto 128/970 de fecha 13 de marzo de 1970, es de interés mantener las
exoneraciones fiscales dispuestas oportunamente para la introducción y
comercialización de las mismas,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Prorróganse, las exoneraciones dispuestas por el artículos 1º del 
decreto 505/976 de fecha 5 de agosto de 1976, para los vehículos de la 
categoría "A", que se introduzcan en cumplimiento de los programas de 
armado del año 1977.


MENDEZ. - VALENTIN ARISMENDI. - ALEJANDRO ROVIRA. - EDUARDO SAMPSON. - LUIS H. MEYER.

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