MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Los Proyectos Turísticos declarados promovidos no podrán ser modificados sin autorización expresa del Poder Ejecutivo. De no haberse cumplido con este requisito, podrá declarar la caducidad de los beneficios concedidos en el marco de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, sin perjuicio de las demás sanciones establecidas en este decreto.-Ayuda