En el marco del Proceso de Reestructura, el Directorio autorizará las
transformaciones y adecuaciones necesarias en los cargos y las
consiguientes transposiciones entre el renglón "079.312 - Previsiones
para Eventuales Ajustes por Reestructura" y el renglón "011.311 - Sueldos
Básicos de Cargos Presupuestados", con el fin de atender las
modificaciones de carácter funcional que respondan a la implementación de
la nueva estructura orgánica del Banco.
Los ajustes que se originen por dicho motivo, deberán ser comunicados a
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en cada oportunidad que el
Banco curse las adecuaciones presupuestales, referidas en el artículo 55º
de estas Disposiciones, detallando las mismas con su justificación
técnica y económica.
La presente previsión regirá en el ejercicio 2000, ajustada al grado de
desarrollo que imponga el cambio organizacional del Banco.