Fecha de Publicación: 28/04/1989
Página: 280-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

   Se autoriza la exportación de maquinaria usada previa presentación
de certificados extendidos por el Ministerio de Industria y Energía y la
Cámara de Industrias del Uruguay en los que conste que la misma no es
necesaria en el país.
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