Fecha de Publicación: 05/02/1996
Página: 1051-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 2

   Modifícase la redacción del artículo 2º del Decreto Nº 476/994 de 26
de octubre de 1994, el que quedará redactado de la siguiente forma:
   Art. 2º.- "Lo establecido precedentemente no será de aplicación
obligatoria, a los productos envasados destinados a la exportación a
terceros países no integrantes del MERCOSUR".
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