Fecha de Publicación: 16/06/1987
Página: 873-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Fe de erratas publicada/s: 01/03/1988, 09/03/1988.

Artículo 5

   El presente decreto entrará en vigencia a partir de la instalación efectiva del Peaje de la Ruta N° 8.
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