PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Decreto 195/021
Apruébase el Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de Correos correspondiente al ejercicio 2021.
(2.261*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 23 de junio de 2021
VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Correos, correspondiente al ejercicio 2021;
RESULTANDO: I) Que el Poder Ejecutivo contó con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, no formulando observaciones al proyecto de Presupuesto mencionado;
II) Que por Resolución de fecha 2.09.2020 el Tribunal de Cuentas emitió su dictamen constitucional respecto al proyecto de Presupuesto efectuando las siguientes observaciones: "2.7) No se da cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 5 de la Ley 16.211 por cuanto presupuestan actividades que no pueden ser cubiertas con los ingresos directos generados por las mismas, ni se da cumplimiento a los extremos requeridos por dicha norma para que ello resulte posible:
a) Resolución fundada por el directorio
b) Que el Organismo en su conjunto sea superavitario o la Ley le otorgue un subsidio directo para desarrollar la actividad; 2.8) No se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 752 de la Ley N° 18.719 en lo que respecta a que se deben suscribir los Compromisos de Gestión con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), debiéndose contar con informe previo y favorable de estos últimos Organismos y 2.18) En las normas de ejecución proyectadas no se incluye ninguna previsión respecto a las tarjetas corporativas cuyo Reglamento fuera remitido oportunamente, habiéndose expedido este Tribunal por Resolución No. 1147/19 del 8/05/2019 y Resolución No. 2136/19 del 4/09/2019.";
III) Que con fecha 17 de marzo de 2021, el Tribunal de Cuentas emite 2° dictamen por el cual acepta el levantamiento de la observación reseñada en el numeral II);
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido en al Artículo N° 221 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Correos correspondientes al ejercicio 2021, de acuerdo con el siguiente detalle (en pesos uruguayos):