Decreto 198/977
Se modifican fechas de vencimiento de pagos de las obligaciones tributarias.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 13 de abril de 1977.
Visto: los decretos 72/977 y 73/977 del 2 de febrero de 1977.
Considerando: que resulta conveniente armonizar las fechas de vencimientos
de las obligaciones tributarias,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyese el último inciso del artículo 1º del decreto 72/977 del 2 de febrero de 1977 por el siguiente:
"Los pagos se realizarán hasta el día 20 de cada mes de los comprendidos entre el quinto del ejercicio en curso hasta el tercero del ejercicio siguiente".