Fecha de Publicación: 26/07/2010
Página: 164-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

 Sustitúyese el artículo 51 del Decreto N° 220/998 de 12 de agosto de 1998
por el siguiente:

"Artículo 51°.- Transporte de carga - Contrato de crédito de uso.- Las
franquicias establecidas en el inciso 1° del artículo anterior se
extenderán a las importaciones y las establecidas en el inciso 2° se
extenderán a las adquisiciones en plaza, que de dichos bienes efectúen las
instituciones bancarias para entregar, bajo la forma de contrato de
crédito de uso, y en las mismas condiciones y con igual destino, a las
empresas de transporte allí mencionadas".
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