Visto: lo dispuesto por el artículo 2º del Título 7 del Texto
Ordenado 1979, artículos 13 y 20 del decreto 667/979, de 19 de noviembre
de 1979, y artículo 1º del decreto 492/980, de 17 de setiembre de 1980.
Considerando: que corresponde fijar los precios fictos para el
segundo semestre de 1982 para bebidas gravadas, tabaco y cigarrillos
importados y vehículos de dos ruedas a efectos de la liquidación del
Impuesto Específico Interno.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Fíjase para los vinos espumosos con pulpa de frutas en
suspensión importados, que a continuación se mencionan, los precios
fictos, tasa e impuestos por litro que se indican, a efectos de la
liquidación del Impuesto Específico Interno correspondientes al semestre
julio-diciembre de 1982:
Ficto Tasa Impuesto
N$ % N$
- - -
Ananá Fizz, Strauberry Fizz y Ceri Fizz ... 112.60 13 14.64.
Fíjase para los cigarrillos importados que a continuación
se mencionan, los precios fictos, tasa e impuestos que se detallan, a
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente
al semestre julio-diciembre de 1982:
Ficto Tasa Impuesto
Marca N$ % N$
- - - -
Jockey Club común 85 milímetros ..... 12.20 60 7.32
Jockey Club suave 85 milímetros ..... 12.63 60 7.58
Jockey Club 100 mm .................. 13.93 60 8.36
Jockey Club suave 100 milímetros .... 14.92 60 8.95
Jockey Club 120 mm .................. 15.79 60 9.47
LS 85 mm ............................ 9.83 60 5.90
LS 100 mm ........................... 11.67 60 7.00
Monroe 100 mm ....................... 11.00 60 6.60
Dunhill Internacional ............... 28.17 60 16.90
Rothman ............................. 28.60 60 17.16
Craven A ............................ 27.60 60 16.56.
Fíjase para el tabaco de pipa importado que a continuación
se menciona, los precios fictos, tasa e impuestos que se detallan, a
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente
al semestre julio-diciembre:
Ficto Tasa Impuesto
Marca N$ % N$
- - - -
Troost Aromatic ................... 62.75 60 37.65
Troost Special .................... 62.75 60 37.65
Schippers ......................... 64.80 60 38.88
Enrin More ........................ 119.00 60 71.40
El Domador ........................ 8.00 60 4.80
Fíjase para los vehículos de dos ruedas de hasta 125 c.c.
ensamblados en el país, los precios fictos, tasa e impuestos que a
continuación se detallan para la liquidación del Impuesto Específico
Interno correspondiente al semestre julio-diciembre:
Ficto Tasa Impuesto
Vehículo N$ % N$
- - - -
A) Ciclomotores:
Hasta 50 c.c. .................... 11.000.00 2 220.00
B) Demás:
Hasta 50 c.c. .................... 17.900.00 2 358.00
Hasta 90 c.c. .................... 26.600.00 2 520.00
Hasta 100 c.c. ................... 15.900.00 2 318.00
Hasta 125 c.c. ................... 25.800.00 2 516.00