Fecha de Publicación: 24/07/2023
Página: 11
Carilla: 11

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 8

   (Recursos Privados) En adición a los recursos de Rentas Generales, el programa podrá recibir financiamiento de inversores privados, así como donaciones.
   El Consejo Ejecutivo a propuesta del Director Ejecutivo aprobará un Manual de Políticas y Procedimientos para la mitigación del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, para el análisis del origen de los fondos privados a percibir o los actores con quienes asociarse en el marco del Programa.
   Las Políticas y Procedimientos recogerán los lineamientos normativos nacionales en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo incluidos en la Ley N° 19.574, de 20 de diciembre de 2017, en la redacción dada por el artículo 46 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, y su Decreto reglamentario N° 379/018, de 12 de noviembre de 2018, así como los más altos estándares internacionales.
Ayuda