PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
La partida que se podrá ejecutar por concepto de inversiones será la correspondiente en términos presupuestales a la que se apruebe en el programa Financiero correspondiente al ejercicio 2013. Dicho Programa será previamente aprobado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Ministerio de Economía y Finanzas.Ayuda