Fecha de Publicación: 14/05/1980
Página: 340-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 5

   El importe mensual del impuesto deberá depositarse antes del día 15 (quince) del mes siguiente directamente en el Banco de la República en la
Cuenta Nº 30.198/50 "Inversiones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas IMTOP".
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