Una vez recibido el expediente, el Inciso en un plazo de ocho días
hábiles, deberá:
a) Obtener la Resolución del Ministro que aprueba el Llamado y las
Bases y designa a sus representantes en el Tribunal.
Dicha Resolución tendrá el siguiente contenido:
a) Autorización del llamado a concurso;
b) Tipo de vínculo (Arrendamiento de Obra, régimen de Provisoriato,
Beca/Pasantía, Contrato Temporal de Derecho Público, Contrato Laboral);
c) Existencia de disponibilidad presupuestal con determinación del
objeto del gasto;
d) Cantidad de puestos y perfil de los mismos;
e) Aprobación de las Bases;
f) Designación de los representantes - titulares y suplentes- del
Inciso en el Tribunal;
g) Publicidad del Llamado;
b) Oficiar a la Confederación de Funcionarios del Estado (COFE) para
la designación del veedor, dejando copia en el expediente.
c) Oficiar a la Oficina Nacional del Servicio Civil, para la
publicación del llamado y la designación de sus representantes. El oficio
deberá acompañarse de copia de la Resolución, las Bases del Llamado e
informe de existencia de disponibilidad presupuestal con determinación del
objeto del gasto, debidamente intervenido.
d) Notificar a los miembros del Tribunal designados por el Inciso.