Fecha de Publicación: 08/08/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 12

 Una vez recibido el expediente, el Inciso en un plazo de ocho días
hábiles, deberá:
a)   Obtener la Resolución del Ministro que aprueba el Llamado y las
Bases y designa a sus representantes en el Tribunal.
     Dicha Resolución tendrá el siguiente contenido:
     a) Autorización del llamado a concurso;
     b) Tipo de vínculo (Arrendamiento de Obra, régimen de Provisoriato,
Beca/Pasantía, Contrato Temporal de Derecho Público, Contrato Laboral);
     c) Existencia de disponibilidad presupuestal con determinación del
objeto del gasto;
     d) Cantidad de puestos y perfil de los mismos;
     e) Aprobación de las Bases;
     f) Designación de los representantes - titulares y suplentes- del
Inciso en el Tribunal;
     g) Publicidad del Llamado;

b)     Oficiar a la Confederación de Funcionarios del Estado (COFE) para
la designación del veedor, dejando copia en el expediente.

c)     Oficiar a la Oficina Nacional del Servicio Civil, para la
publicación del llamado y la designación de sus representantes. El oficio
deberá acompañarse de copia de la Resolución, las Bases del Llamado e
informe de existencia de disponibilidad presupuestal con determinación del
objeto del gasto, debidamente intervenido.

d)     Notificar a los miembros del Tribunal designados por el Inciso.
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