Fecha de Publicación: 08/08/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 22

 Una vez recibido el expediente y en un plazo de hasta diez días hábiles,
el Jerarca deberá homologar el fallo del concurso y otorgar vigencia a la
lista de prelación por dieciocho meses, contados a partir de la misma.

Dentro del mismo plazo, la unidad correspondiente del Inciso deberá
notificar a los concursantes seleccionados, recabar la declaración jurada
y demás documentos necesarios para continuar con la contratación; elaborar
la Resolución que deberá ser firmada por el Ministro, autorizando la
contratación por parte del Poder Ejecutivo; elaborar el proyecto de
Contrato, cuando corresponda, que deberá acompañar la Resolución; enviar
el expediente a la Oficina Nacional del Servicio Civil, para su control de
legalidad.
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