Es responsabilidad del Jerarca del Inciso respectivo, enviar el
expediente para el Acuerdo del Poder Ejecutivo. A tales efectos, se
establece un plazo de hasta quince días hábiles para Asesoría Jurídica y
Secretaría de Presidencia. Presidencia firmará las Resoluciones de
contratación que correspondan. Fecho vuelve el expediente al Inciso
correspondiente.