PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Será de aplicación lo dispuesto por los artículos 24 a 28 de la presente reglamentación. CAPÍTULO V DE LOS LLAMADOS A CONCURSO PARA INTEGRAR LOS REGISTROS DE LISTAS DE ASPIRANTES (LLAMADOS GENERICOS GESTIONADOS POR LA OFICINA NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL)Ayuda