Las listas de prelación de los llamados tendrán una vigencia de dieciocho
meses a partir de la homologación del fallo del Tribunal por parte del
Jerarca de la Oficina Nacional del Servicio Civil.
Se podrá hacer uso de la/s lista/s de prelación vigente/s, durante todo el
período de los dieciocho meses, sin perjuicio de los trámites
administrativos posteriores para hacer efectiva la contratación.