Fecha de Publicación: 08/08/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

 Las Bases del Llamado se remitirán al Inciso correspondiente para su
aprobación y deberán contener obligatoriamente los siguientes ítems:
a) Especificación del Organismo que realiza el llamado;
b) Modalidad del concurso (Mérito y Antecedentes u Oposición y Méritos o
Sorteo);
c) Tipo de vínculo (Arrendamiento de Obra, régimen de Provisoriato,
Beca/Pasantía, Contrato Temporal de Derecho Público, Contrato Laboral, u
otro que la normativa habilite);
d) Requisitos para la contratación;
e) Cantidad de puestos a cubrir y Perfil de los mismos;
f) Plazo, forma y requisitos para la recepción de inscripciones;
g) Procedimiento de Selección, etapas en las que se desarrollará y
especificación de puntajes máximos de cada factor a evaluar;
h) Forma en que se realizarán las comunicaciones y notificaciones durante
el desarrollo del proceso;
i) Condiciones de trabajo (remuneración, horario, plazo, etc.);
j) Vigencia del orden de prelación, por dieciocho meses.
Ayuda