La Dirección de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura y Pesca,
previa inspección, concederá la habilitación correspondiente, que tendrá
carácter precario y que será cancelada en los casos de cambio de
propietario, como también por deterioros en las instalaciones que las
hagan impropias para el uso a que se les destine, y cualquier otra
infracción al presente Reglamento.