Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en el
artículo 19º del Decreto Nº 66/000, de 18 de febrero de 2000, por el cual
se autoriza a la Dirección General de Casinos a abonar a sus
funcionarios, becarios y pasantes, una suma mensual por gastos de
alimentación. Fíjase en $ 969,oo (pesos uruguayos novecientos sesenta y
nueve) el monto de la misma, estando expresada dicha cantidad a valores
de enero de 2000.-
Dicho monto, se ajustará semestralmente, en función del IPC,
correspondiente al período inmediato anterior.-