Fecha de Publicación: 29/06/2001
Página: 1036-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

 Los ingresos primarios de la Dirección General de Casinos son los 
producidos por:
2.1.- La venta de fichas para participar en los juegos de azar explotados 
en los Casinos y Salas de Esparcimiento bajo su dependencia.-
2.2.- El precio de las concesiones de servicios anexos al cometido 
principal.-
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