Fecha de Publicación: 29/06/2001
Página: 1036-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 25

 Extiéndese al ejercicio 2000, lo previsto en el artículo 24º del Decreto 
Nº 66/000, de 18 de febrero de 2000, autorizándose a la Dirección General 
de Casinos a programar y realizar actividades de implementación, 
regulación y capacitación de sus funcionarios, becarios y pasantes, con 
el objeto de aplicar nuevos sistemas de control en las salas de juego, 
basados esencialmente, en herramientas tecnológicas.-
A tal efecto y con el fin de facilitar la participación de los 
funcionarios, becarios y pasantes en todas las etapas del plan. Facúltase 
a la Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios, becarios y 
pasantes una partida mensual, de acuerdo a su nivel de responsabilidad, 
que resulta de la siguiente escala y que se ajustará semestralmente, en 
función del IPC correspondiente al período inmediato anterior, estando 
expresadas dichas partidas a valores de enero de 2000.-

ESCALAFON    GRADO      MONTO
PASANTES     -----     1.113,oo
BECARIOS     -----       371,oo
      CC       12        309,oo
      CC       16        371,oo
      CC       20        525,oo
      CC       22        775,oo
      CC       24      1.449,oo
      CC       28      1.746,oo
       R       10        309,oo
       R       14        472,oo
       R       18        724,oo
       R       22      1.064,oo
       C       16        309,oo
       C       20        371,oo
       C       22        491,oo
       C       26        779,oo
       C       30      1.549,oo
       C       34      2.354,oo
       F       12        309,oo
       F       16        430,oo
       F       20        611,oo
       A       24      1.268,oo
       A       26      1.393,oo
       A       32      1.810,oo
       A       34      2.354,oo
       D       16        371,oo
       D       22        490,oo
       D       26        779,oo
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