El remitente de los productos forestales, deberá extender la Guía de
Tránsito debidamente completa, siendo utilizadas en la siguiente forma:
a) En poder del remitente quedará la vía duplicado, la que deberá ser
sellada y firmada por un funcionario de la repartición policial más
próxima al establecimiento de salida, dejándose constancia de la fecha de
presentación. El remitente contará con diez días hábiles a partir de
dichas constancias, para remitir la vía a Dirección Forestal;
b) En poder del destinatario quedará la vía original en las que se
dejará la misma constancia policial de hora y fecha de presentación.
Dicha vía acompañará los productos forestales hasta su destino, debiendo
ser presentada para su sellado a la autoridad policial más próxima al
lugar de destino, salvo cuando sea en Montevideo que se presentará ante
la Dirección Forestal.